AE Grupo Informativo

Información oportuna al momento.

Senado de la República

Plantean reformas para brindar amnistía a quien ayude a esclarecer casos de interés para el Estado

El senador Ricardo Monreal Ávila presentó una iniciativa que busca extender la facultad del Ejecutivo Federal para brindar amnistía, de manera directa, a quienes aporten elementos comprobables que resulten útiles para esclarecer los hechos y llegar a la verdad en casos relevantes para el Estado mexicano.

En tribuna, el legislador de Morena explicó que su proyecto, que adiciona el articulo 9 de la Ley de Amnistía, contempla que este beneficio se aplique a las personas a las que se les haya ejercido acción penal, que estén siendo procesados o se encuentren sentenciados por cualquier delito.

Indicó que el derecho a la verdad se constituye como una respuesta ante la falta de esclarecimiento, investigación, juzgamiento o sanción en los casos de gravedad de violación de derechos humanos por parte de la autoridad gubernamental.

“Este derecho implica atención de aspectos para el esclarecimiento de los hechos violentos que trasgreden los derechos humanos, el rescate y la promoción de las memorias de las víctimas”, detalló.

Mencionó que en el país existen diversos hechos de especial relevancia y que confirman “una agenda pendiente” respecto a las garantías del derecho a la verdad, como los suscitados en Iguala, Guerrero; Tlatlaya, en el Estado de México; San Bernardino Chalchihuapan, en Puebla; Allende, en Coahuila; San Fernando, en Tamaulipas; y otros suscitados en Sonora.

En el documento se establece que actualmente, la Ley de Amnistía cuenta con excepciones respecto a su procedencia, dependiendo del tipo de delito por el que se encuentra procesada o sentenciada la persona susceptible a ser beneficiaria.

No obstante, agrega, es importante resaltar que, para ampliar los efectos del beneficio, es necesario extender en casos específicos los delitos por los que se puede otorgar, así como los supuestos.

Monreal Ávila también presentó un proyecto que reforma los artículos 129 y 148 de la Ley de Amparo, “para limitar la posibilidad de que los órganos jurisdiccionales, dentro de los juicios de amparo que se interpongan contra leyes que se expidan por el Congreso de la Unión o de los estados, otorguen suspensión provisional y definitiva con efectos generales.

La reforma propuesta, insistió, pretende abordar un problema de interpretación y aplicación de la Ley de Amparo en México, particularmente en lo que respecta en la suspensión y a los efectos generales.

Mencionó que el amparo surge para proteger los derechos del quejoso que sea víctima de la autoridad, y ahora, dijo, la voluntad discrecional de los jueces otorga facultades con efectos generales.

Por eso, afirmó, no podemos olvidar el principio de relatividad, que implica que las suspensiones en caso de inconstitucionalidad de las normas no deben tener efectos generales y deben limitar su alcance a los específicos puestos a consideración de los tribunales.

DEJA UNA RESPUESTA

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *