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Cámara de Diputados

Comisión de Hacienda valida dictamen en materia de combate a los llamados montadeudas.

El dictamen reforma el artículo 111 bis y adiciona al artículo 106 con una fracción XXII de la Ley de Instituciones de Crédito en materia de combate a «montadeudas».

La idea es prohibir a las instituciones de crédito que soliciten información privada de los usuarios como contactos, fotografía y vídeos contenidos en medios digitales, ya sean teléfonos celulares, tableta y computadoras de los clientes.

La pena incrementa de 1 a 6 años de prisión cuando la conducta se realice a través de aplicaciones o páginas de internet y evitar que sean presa de actos delictivos a manos de este tipo de agentes denominados «montadeudas».

Esta aprobación sucede producto de una demanda colectiva social a raíz de más de 500 mil fraudes detectados por diferentes institucioes de gobierno, asociaciones y agrupaciones de la sociedad civil.

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