Urge Senado a congresos locales a legislar sobre pérdida de patria protestad por feminicidio
El Pleno del Senado aprobó, en la sesión del 13 de diciembre, un dictamen para solicitar a los congresos locales de diversas entidades federativas para que armonicen su legislación en materia de guarda, custodia y pérdida de la patria potestad en caso de feminicidio.
La propuesta promovida por la presidenta de la Mesa Directiva, Ana Lilia Rivera Rivera, urge a los congresos locales a que hagan las adecuaciones normativas correspondientes en su legislación local en materia de suspensión de la guarda, custodia y pérdida de la patria potestad en caso de feminicidio, desde el momento de la vinculación a proceso.
Concretamente, las entidades a las que se les hace el llamado son Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Coahuila de Zaragoza, Chihuahua, Chiapas, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo y Jalisco.
También a Michoacán de Ocampo, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Querétaro, San Luis Potosí, Sonora, Tabasco, Tlaxcala, Veracruz de Ignacio de la Llave, Yucatán y Zacatecas.
En el documento, las y los senadores detallaron que el pasado 2 de marzo fue avalada una reforma al Código Penal y Civil del estado de Puebla, iniciativa bautizada como “Ley Monzón” que consiste en suspender la patria potestad a posibles feminicidas y retirarla si se confirman las sentencias.
Con ello, la entidad se convirtió en el primer estado del país en promulgar una ley de este tipo y sentó un precedente que activistas, colectivos feministas y familiares de víctimas esperan que se convierta en ley nacional.
Por ello, las y los legisladores coincidieron en la necesidad de que se discuta y analice este tipo de modificaciones en los códigos penales de todas las entidades federativas.
Con este exhorto se busca impulsar la modificación del marco legal del sistema jurídico mexicano, con el propósito de legislar en favor de las mujeres, de las niñas, niños y adolescentes que son víctimas de la violencia feminicida.
Además de proteger no sólo a las mujeres ante la violencia extrema que se ejerce contra ellas por razón de género, sino también garantizar la seguridad e interés superior de la niñez, de sus hijas e hijos que quedan en la orfandad por el delito de feminicidio.