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Cámara de Diputados

Por unanimidad, la Cámara de Diputados avaló reforma a la Ley del Seguro Social que regula los retiros parciales por desempleo

Por unanimidad de 476 votos a favor, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, el dictamen que reforma el artículo 191 de la Ley del Seguro Social, para regular los retiros parciales por desempleo de los recursos de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.

Establece que si la cuenta individual del trabajador tiene al menos tres años de haber sido abierta y un mínimo de 12 bimestres de cotización al Instituto Mexicano del Seguro Social acreditados en dicha cuenta, podrá retirar en una exhibición la cantidad que resulte al equivalente a 30 días de su salario base de cotización promedio de las últimas 52 semanas, con un límite de 10 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) mensual.

También, si la cuenta individual tiene cinco años o más de haber sido abierta, podrá retirar la cantidad que resulte menor entre 90 días de su propio salario base de cotización promedio de las últimas 250 semanas o las que tuviere, o el 11.5 por ciento del saldo de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.

Además, para proteger los recursos de las personas trabajadoras y los procesos de administración del Instituto Mexicano del Seguro Social y de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, se elimina el tercer párrafo del inciso b) de la fracción II del artículo en cuestión, lo que permitirá garantizar apropiadamente la disposición de los recursos.

En él se especifica que: “El trabajador que cumpla con los requisitos de antigüedad de la cuenta a que se refiere el primer párrafo de este inciso, podrá optar, en todo caso, por el beneficio señalado en el inciso a)”.

El documento, enviado al Senado para sus efectos constitucionales, expone en el régimen transitorio que el Instituto Mexicano del Seguro Social y la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro contarán con un plazo de 180 días naturales, contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para realizar las modificaciones para la debida operación del contenido de la reforma.

Subraya que en materia de trabajo se debe contar con un mecanismo que garantice que las personas aseguradas cuenten con la posibilidad de retirar parcialmente parte del ahorro de su subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez por motivo de desempleo para afrontar las necesidades de subsistencia en tanto restablece su vida laboral activa por razón de una eventualidad que puede poner en riesgo su poder adquisitivo, autonomía financiera y, con ello, las obligaciones de alimentación, vestido, vivienda, entre otras, para sí mismos o para sus dependientes económicos, mismas que ya se encuentran reguladas en la legislación de la materia correspondiente.

Hace mención que se ha detectado un gran número de trabajadores asegurados, con intervención de aparentes promotores y gestores, quienes a través del cobro de un porcentaje del seguro de desempleo que llega a ser incluso del 30 por ciento, es decir hasta un aproximado de diez mil pesos o una cantidad fija pagada con anticipación.

Relata que simulan una operación en la reactivación al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social por un periodo de solo algunos días registrando salarios base más altos a los que realmente tienen los trabajadores en sus relaciones laborales actuales, con la finalidad de elevar el salario base de cotización registrado y alcanzar el límite superior establecido en la normativa vigente de diez veces el salario mínimo general que rija en la Ciudad de México.

Dichas actividades han puesto en riesgo los ahorros y semanas de cotización de las personas trabajadoras, por lo que ha producido que la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro tuviera que implementar mecanismos de validación en las aplicaciones y sistemas de las Afores en colaboración con el Instituto Mexicano del Seguro Social y la empresa ProceSAR, misma que es operadora de la base de datos del Sistema de Ahorro para el Retiro, a través de los cuales se verifica que el monto del salario con el que se está tramitando el retiro corresponda al último salario base de cotización como verdadero trabajador activo; es decir, detectando las simulaciones con la finalidad de proteger el ahorro de las personas.

En la discusión en lo particular, diputadas y diputados de Morena, PAN, PT, PRI y MC presentaron propuestas de modificación, la cuales fueron retiradas, se pidió insertar en el Diario de Debates o no se admitieron a discusión, por lo que fueron desechadas.

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